Normativa Reguladora Nómina
Normativa
Reguladora
Ley
Orgánica del trabajo, trabajadores y trabajadoras (LOTT)
Sistema
prestacional de salud: Régimen Prestacional de Salud: Ley
del Seguro Social. (LSSO)
Sistema
prestacional de Previsión Social: Régimen
prestacional de empleo
Sistema
prestacional de Vivienda y Hábitat: Régimen
prestacional de vivienda y Hábitat
Ley
de impuestos sobre la Renta. Gaceta Nro. 6210. Diciembre 2015
Ley
del Inces. Gaceta
Oficial Nro. 6.155 Extraordinario de fecha 19 de noviembre de 2014,
fue publicado el Decreto No. 1.414 de fecha 13 de noviembre de 2014,
con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Instituto Nacional de
Capacitación y Educación Socialista. (INCES).
Ley
para personas con discapacidad. (Gaceta
Oficial N° 38598) (2007).
- Regulación Convenio. Colectivos de Trabajo: Beneficios que pueden superar los establecidos por las Leyes Orgánicas Nacional.
Ley
del Inces
VII.
Contribución parafiscal de las entidades de trabajo
Las
entidades de trabajo del sector privado y las empresas del Estado con
ingresos propios y autogestionarias, que den ocupación a cinco (05)
o más trabajadores, están en la obligación de aportar al INCES el
dos por ciento (2%) del salario normal mensual pagado a los
trabajadores dentro de los cinco (05) días siguientes al vencimiento
de cada trimestre.
El
hecho imponible de este aporte se generará a partir del pago del
salario del trabajador. Queda prohibido el descuento de dinero a los
trabajadores para el cumplimiento de esta obligación. (Art. 49).
VIII.
Contribución parafiscal de los trabajadores
Las
entidades de trabajo que den ocupación a cinco (05) o más
trabajadores, están en la obligación de deducir del pago a los
trabajadores, el cero coma cinco por ciento (0,5%) de sus utilidades
anuales, aguinaldos o bonificaciones de fin de año.
Las
entidades de trabajo deberán efectuar la retención del aporte para
ser depositada al INCES con la indicación de la procedencia y
entregarán dicha contribución dentro de los diez (10) días
siguientes al pago. (Art. 50)
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